La plantilla de personal de referencia, a efectos de determinar el incremento de la nómina de personal, será la correspondiente al período marzo de 2021, detraídos aquellos contratos cuyos códigos a continuación se detallan:
02 - Becarios - Residencias médicas, Ley 22.127.
03 - De aprendizaje, Ley 25013.
09 - Práctica laboral para jóvenes.
10 - Pasantías. Ley N° 25165. Dto. 340/92, sin obra social.
12 - Trabajo eventual.
21 - A Tiempo parcial determinado (contrato a plazo fijo)
22 - A Tiempo completo determinado (contrato a plazo fijo)
23 - Personal no permanente Ley 22.248.
27 - Pasantías Ley 26427 - con Obra Social -
28 - Programas Jefes y Jefas de Hogar.
45 - Personal no permanente hoteles CCT 362/03 art. 68 inciso b.
48 - Art 4° Ley 24.241. Traslado temporario desde el exterior o Convenios bilaterales de Seguridad Social.
49 - Directores - empleado SA con Obra Social y L.R.T.
51 - Pasantías. Ley 26427 —con obra social— beneficiario pensión de discapacidad.
99 - L.R.T (Directores SA, municipios, org. cent y descent. Emp mixt docentes privados o públicos de jurisdicciones incorporadas o no al S.I.J.P).
102 - Personal permanente discontinuo con ART (para uso de la EU) Decreto 762/14.
103 - Retiro voluntario - Decreto 263/2018 y otros.
- Fuente: más información en R.G 4984/21.